El 30 de julio de 2026, el Presidente de la República de Polonia firmó una enmienda al Código Laboral que modifica la definición de acoso laboral, amplía las obligaciones de los empleadores e introduce una indemnización mínima para los empleados lesionados.
La ley se anunció el 4 de agosto de 2026 y entrará en vigor el 5 de noviembre de 2026. Los empleadores dispondrán entonces de seis meses para adaptar sus reglamentos laborales o adoptar reglamentos específicos que establezcan los principios para contrarrestar el acoso laboral, la discriminación y la violación de la dignidad de los empleados.
El acoso laboral no tiene por qué ser a largo plazo.
En principio, la definición básica de acoso laboral se mantendrá inalterada: seguirá siendo el acoso persistente a un empleado. Sin embargo, como resultado de la modificación, ya no será necesario demostrar que el acoso se prolongó durante mucho tiempo ni que produjo un efecto específico, como una menor valoración de la idoneidad profesional del empleado. La intención del agresor también seguirá siendo irrelevante.
El acoso laboral puede manifestarse de diversas formas, como humillación, intimidación, críticas injustificadas, burla, aislamiento del equipo, obstrucción del desempeño de las funciones o limitación del acceso a la información. Estas conductas pueden ser físicas, verbales o no verbales. Un comportamiento incidental no constituye acoso laboral, aunque puede vulnerar los derechos personales del empleado.
– El autor del acoso laboral puede ser no solo un empleador o supervisor, sino también un compañero de trabajo, un subordinado, un grupo de personas o alguien que realiza un trabajo sin un contrato laboral. Incitar a otros a participar en este tipo de comportamiento también se considerará una infracción.– explica Joanna Łuksza, jefa del equipo de expertos en contabilidad de IFIRMA.PL.
Mayor remuneración para el empleado
Uno de los cambios más importantes introducidos por la enmienda es el establecimiento de una cantidad mínima de indemnización a la que tienen derecho los empleados que resulten perjudicados como consecuencia del acoso laboral.
– Una persona que haya sufrido acoso laboral podrá reclamar una indemnización a su empleador, que puede ser al menos seis veces superior al salario mínimo. Basándonos en el salario mínimo vigente en 2026, esto supone un mínimo de 28.836 PLN. – afirma el experto de IFIRMA.PL.
Las empresas tendrán que preparar procedimientos
Todo empleador, independientemente del número de empleados, estará obligado a contrarrestar sistemáticamente el acoso laboral y el trato desigual. Esto incluirá la prevención y detección de irregularidades, la respuesta a las denuncias, la adopción de medidas correctivas y el apoyo a las personas afectadas.
Los empleadores con al menos 10 empleados también deberán establecer normas, procedimientos y frecuencia de actuación para prevenir violaciones de la dignidad de los empleados y otros derechos personales, discriminación y acoso laboral, así como principios de igualdad de trato. Si estos aspectos no están incluidos en el convenio colectivo o el reglamento interno, se requerirá una normativa específica.
– En la práctica, es importante definir claramente el proceso para reportar irregularidades, las personas responsables de investigarlas y los procedimientos para llevar a cabo la investigación. Los empleadores también deben capacitar a la gerencia y documentar las medidas tomadas. Simplemente adoptar un procedimiento no es suficiente si los empleados no lo conocen y los reportes quedan sin respuesta. – añade Joanna Łuksza.






